lunes, 23 de julio de 2007

Apuntes: Ministerio Público

Qué es el Ministerio Público?

El Ministerio Público es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, creado en la Constitución Nacional (Art. 120 de la Constitución Nacional). Este órgano se encuentra compuesto por la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación (Artículo 2 de la Ley Orgánica del Ministerio Público -N° 24.946).

Funciones del Ministerio Público de la Defensa

Son funciones del Ministerio Público de la Defensa (Artículo 25 de la Ley Orgánica del Ministerio Público):
o Promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.
o Promover o intervenir en cualesquiera causas o asuntos y requerir todas las medidas conducentes a la protección de la persona y bienes de los menores, incapaces e inhabilitados, de conformidad con las leyes respectivas, cuando carecieren de asistencia o representación legal; fuere necesario suplir la inacción de sus asistentes o representantes legales, parientes o personas que los tuvieren a su cargo; o hubiere que controlar la gestión de estos últimos.
o Defender la jurisdicción y competencia de los tribunales.
o Representar y defender el interés público en todas las causas y asuntos que conforme a la ley se requiera.
o Promover y ejercer la acción pública en las causas criminales y correccionales, salvo cuando para intentarla o preseguirla fuere necesario instancia o requerimiento de parte conforme las leyes penales.
o Promover la acción civil en los casos previstos por la ley.
o Intervenir en los procesos de nulidad de matrimonio y divorcio, de filiación y en todos los relativos al estado civil y nombre de las personas, venias supletorias, declaraciones de pobreza.
o En los que se alegue privación de justicia.
o Velar por la observancia de la Constitución Nacional y las leyes de la república.
o Velar por el efectivo cumplimiento del debido proceso legal.
o Ejercer la defensa de la persona y los derechos de los justiciables toda vez que sea requerida en las causas penales y en otros fueros cuando aquellos fueran pobres o estuvieran ausentes.
o Velar por la defensa de los derechos humanos en los establecimientos carcelarios, judiciales, de policía y de internación psiquiátrica, a fin de que los reclusos e internados sean tratados con el respeto debido a su persona, no sean sometidos a torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes y tengan oportuna asistencia jurídica, médica, hospitalaria y las demás que resulten necesarias para el cumplimiento de dicho objeto, promoviendo las acciones correspondientes cuando se verifique violación.
o Intervenir en todos los procesos judiciales en que se solicite la ciudadanía Argentina.

¿Qué es la Defensoría General de la Nación?

La Defensoría General de la Nación es la autoridad máxima del Ministerio Público de la Defensa, ejercida por el Defensor General de la Nación como jefe máximo (Artículo 51 de la Ley Orgánica del Ministerio Público -N° 24.946-).

Funciones del Defensor General de la Nación

Son funciones del Defensor General de la Nación (Artículo 51 de la Ley Orgánica del Ministerio Público -N° 24.946-):
o Ejercer ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los casos que corresponda, las facultades del Ministerio Público de la Defensa, pudiendo delegar sus funciones en los Defensores Oficiales ante dicho Tribunal.
o Realizar todas las acciones conducentes para la defensa y protección de los derechos humanos, sin perjuicio de lo dispuesto por el Art. 86 de la Constitución Nacional.
o Promover y ejecutar políticas para facilitar el acceso a la justicia de los sectores discriminados.
o Asegurar en todas las instancias y en todos los procesos en que se ejerza la representación y defensa oficial, la debida asistencia de cada una de las partes con intereses contrapuestos, designando diversos defensores cuando así lo exija la naturaleza de las pretensiones de las partes.
o Asegurar en todas las instancias y en todos los procesos con menores incapaces la separación entre las funciones correspondientes a la defensa promiscua o conjunta del Defensor de Menores e Incapaces y la defensa técnica que en su caso, pueda corresponder al Defensor Oficial.
o Ejercer la superintendencia general sobre los miembros del Ministerio Público de la Defensa y dictar los reglamentos e instrucciones generales necesarios para establecer una adecuado distribución del trabajo entre sus integrantes, supervisar su desempeño y lograr el mejor cumplimiento de las competencias que la Constitución y las leyes le otorgan a dicho Ministerio
o Patrocinar y asistir técnicamente, en forma directa o delegada, ante los organismos internacionales que corresponda, a las personas que lo soliciten.

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